Desde el pasado 30 de julio, los autónomos dados de alta a partir del 1 de enero de 2019 pueden solicitar las nuevas ayudas a autónomos en Andalucía del Programa de Estímulo a la creación y consolidación del Trabajo Autónomo, que alarga la duración de las bonificaciones de carácter estatal contenidas en la Ley 20/2007, de 11 de julio.
Las ayudas autonómicas facilitan una tarifa plana extendida, y en algunos casos reducida en importe, para nuevos autónomos en la comunidad andaluza cuyo plazo de solicitud se extiende, con carácter general, del 30 de julio de 2019 al 30 de septiembre de 2021 hasta agotar presupuesto; y decimos con carácter general porque hay un grupo de beneficiarios cuyo plazo de solicitud finaliza el 30 de septiembre de este año. ¿A qué autónomos nos referimos?, ¿qué tres grupos del colectivo pueden optar a esta tarifa plana extendida en Andalucía?, ¿cómo se solicita? Te explicamos todos los detalles.
Antes de entrar en materia cabe apuntar que estas ayudas solo están destinadas a los trabajadores autónomos en Andalucía con fecha de alta inicial a partir del 1 de enero de 2019, por tanto, la medida se extiende únicamente a nuevas altas desde este año y hasta 2021.
Continuemos por determinar los tres grupos específicos de beneficiarios de las ayudas de este nuevo Programa para la creación del empleo autónomo, la cuantía de la tarifa plana, la duración de la misma y el plazo de solicitud en cada caso:
Autónomos menores de 30 años y autónomas de municipios de menos de 5.000 habitantes
- Cuantía de la tarifa plana: 30 euros mensuales. Es la administración autonómica la que subvenciona la diferencia entre una cuota única mensual de 30 euros y la cuota fija mensual de 60 euros (la establecida con carácter general en la tarifa plana).
- Duración de la reducción: 24 meses.
- Plazo de solicitud de la reducción autonómica: Como norma general, dos meses desde la fecha de alta en Seguridad Social. Con carácter extraordinario, para aquéllas personas incluidas en este grupo, que desde el día 1 de enero de 2019, hubieran podido ser consideradas beneficiarias, el plazo de solicitud de las ayudas con carácter retroactivo se limita al 30 de septiembre de 2019.
Trabajadores del Régimen Especial de Autónomos y del Régimen Especial Agrario
- Cuantía de la tarifa plana: 60 euros para trabajadores del Régimen de Autónomos (RETA) y 50 euros para trabajadores del Régimen Agrario (SETA).
- Duración de la reducción: 24 meses (12 primeros de reducción estatal y los 12 meses siguientes de reducción autonómica).
- Plazo de solicitud de la reducción autonómica: durante los dos últimos meses del período de disfrute de la reducción estatal y hasta el último día del mes siguiente al citado período. Con esto se entiende que la retroactividad está asegurada para todos aquellos autónomos de este grupo dados de alta a partir del 1 de enero de 2019.
Madres autónomas reincorporadas a la actividad económica tras su cese
- Cuantía de la tarifa plana: 60 euros
- Duración de la reducción: 24 meses (12 primeros de reducción estatal y los 12 meses siguientes de reducción autonómica).
- Plazo de solicitud de la reducción autonómica: durante los dos últimos meses del período de disfrute de la reducción estatal.
Cómo solicitar las ayudas a autónomos en Andalucía: trámites
Desde el pasado 30 de julio, los autónomos beneficiarios de estas cuotas a la Seguridad Social subvencionadas pueden realizar la solicitud a tráves de la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio mediante certificado digital.
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del 29 de julio, que recoge la convocatoria de las ayudas, incluye el modelo de solicitud de la tramitación online, la única posible.
La cumplimentación del modelo es sencilla. En ella se ha de indicar datos personales y de contacto, número de cuenta bancaria y el colectivo al que pertenece el solicitante. El documento indica también dos formas de aporte y consulta de la documentación necesaria:
Presentación de documentación por parte del propio solicitante
En este caso el beneficiario ha de incluir:
- DNI, NIE o NIF de la persona que solicita la ayuda.
- Modelos acreditativos del alta en Hacienda, modelos 036 o modelo 037, que desde la asesoría online de 6
- Certificado de empadronamiento. Especialmente útil en caso de la solicitud de tarifa plana para autónomas en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- Informe de Vida Laboral actualizado, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, para acreditar el alta en la Seguridad Social.
- Informe de Datos para la Cotización/Trabajadores por Cuenta Propia-Información por Período de Liquidación emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Autorización a la Administración para recopilar la documentación
Salvo expresa oposición del autónomo solicitante, la labor de recogida de toda la documentación anteriormente detallada, e imprescindible para la solicitud de la tarifa plana para autónomos en Andalucía, la realizará la propia Administración siempre que haya autorización del solicitante. En este caso, el trámite únicamente pasaría por la cumplimentación del modelo de solicitud.
La Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social de la Junta de Andalucía es el órgano responsable de la tramitación de las solicitudes que se resolverán en un plazo de dos meses.
Cuidado con la letra pequeña de estas ayudas a autónomos en Andalucía
Esta ayuda implica una importante obligación para el solicitante. Y es que la Orden de 27 de junio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones de las cuotas de cotización a la Seguridad Social, recoge, en su artículo 9, la obligación de permanencia en el Régimen de Autónomos durante al tiempo de disfrute de la reducción.
Marco normativo de las nuevas ayudas a autónomos en Andalucía
Para conocer más detalles sobre estas ayudas del Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía puedes consultar los siguientes documentos que conforman su marco normativo:
- Orden de 27 de junio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones.
- Resolución de 26 de julio de 2019, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan las subvenciones reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019.
Además de las ayudas del Programa de Estímulo a la creación y consolidación del Trabajo Autónomo, la Consejería de Empleo de Andalucía también establece otras líneas de ayudas insertas en el programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica. Conoce aquí todas las ayudas a autónomos disponibles en Andalucía.