El nuevo trabajador autónomo que es a su vez trabajador por cuenta ajena también puede solicitar bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social en el momento de su alta como autónomo. Entre dichas bonificaciones está la archiconocida tarifa plana pero los trabajadores que van a cotizar por el Régimen de Autónomos y por el Régimen General pueden optar bien a la tarifa plana o a la reducción de la base de cotización por pluriactividad. La pregunta del millón es, ¿por cuál de las dos decantarse?, ¿tarifa plana o reducción por pluriactividad?
Empecemos por ver en qué consiste una y otra.
Tarifa plana para nuevos autónomos
Se trata de la bonificación “estrella” en la cuota de autónomos, personas físicas. Entre los requisitos para poder acogerse a ella figura que se trate de una nueva alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en su defecto, no haber estado de alta como autónomo en los últimos dos años (tres en caso de que anteriormente se haya disfrutado de bonificación).
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La bonificación tiene una duración total de 24 meses, pudiendo extenderse en algunas comunidades autónomas que así lo tienen establecido como Madrid, La Rioja, Canarias o Andalucía o en caso de ser autónomo en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
Las reducciones de la tarifa plana se suceden a lo largo de tres tramos quedando establecida de la siguiente manera:
- 0-12 meses:
- Si eliges la base mínima de cotización pagarás 60 euros para cubrir las contingencias comunes y profesionales, estas última obligatorias desde el 1 de enero de 2019 (no están incluidos en el pago de la cuota ni el cese, ni la formación profesional).
- Si eliges una base más elevada, se aplica una reducción del 80% a la cuota.
- 12-18 meses: se aplica una reducción del 50% a la cuota. Si has elegido la base mínima se quedará en 141,65€/mes.
- 18-24 meses: se aplica una reducción del 30% a la cuota. Si has elegido la base mínima se quedará en 198,31€/mes.
Reducción de base por pluriactividad del autónomo
Se conoce generalmente como bonificación por pluriactividad pero se trata de un concepto erróneo. Lo cierto es que la reducción de base de cotización por pluriactividad para nuevos autónomos no se engloba dentro de las bonificaciones a la cuota de autónomos sino que se trata de una derecho para quienes coticen por el Régimen General y el Régimen de Autónomos (RETA). La bonificación de tarifa plana y la reducción de base de cotización por pluriactividad son incompatibles entre sí.
Los porcentajes reductores varían en función de si el nuevo autónomo está contratado a jornada completa o a tiempo parcial.
Nuevos autónomos contratados por cuenta ajena a jornada completa
- 0-18 meses: hasta el 50% de reducción de la base mínima de cotización, por lo que la base por la que podrán optar los autónomos en pluriactividad será 472,20 euros lo que supondría una cuota mensual de autónomo de 141,66 euros.
- 18-36 meses: hasta el 25% de reducción de la base mínima, que se quedaría por tanto en 708,30 euros y una cuota mensual de autónomos de 212,49 euros.
Nuevos autónomos contratados por cuenta ajena a tiempo parcial, con una jornada superior al 50%
- 0-18 meses: hasta el 25% de reducción de la base mínima de cotización, por lo que la base por la que pueden optar los autónomos en pluriactividad es de 708,30 euros. La cuota de autónomos es de 212,49 euros mensuales.
- 18-36 meses: hasta el 15% de reducción de la base mínima, que se queda en 802,7 euros. La cuota mensual es 240,81 euros.
Un ejemplo práctico para decantarse por tarifa plana o reducción por pluriactividad
Como ya hemos indicado, la tarifa plana y la reducción de la base de cotización para nuevos autónomos en pluriactividad son incompatibles entre sí. En la siguiente tabla abordamos el total a pagar en concepto de cotización durante 36 meses tanto si te acoges a tarifa plana como si optas por reducir tu base de cotización como autónomo en pluriactividad.
En nuestro ejemplo, hablamos de un autónomo mayor de 30 años. ¿Qué coste tendrá su cuota de autónomos durante un total de 36 meses?