Con más de una treintena de modificaciones. Así salió del Congreso el pasado jueves la Ley de Apoyo al Emprendedor y su Internacionalización, el texto más largamente demandado por el colectivo de autónomo y que, parece, pronto verá la luz tras ser aprobado por el Senado.
Un texto cuyo anteproyecto se presentó hace escasas semanas y que ahora se ha sometido a la aprobación del hemiciclo, donde sólo ha contado con el apoyo del grupo popular y la abstención de la mayoría de las agrupaciones.
Una Ley llamada a dar el impulso definitivo a los autónomos, emprendedores y pequeñas empresas, confiando a éste colectivo la creación de empleo y la generación de riqueza, pero que adolece de varias carencias, entre ellas, una apuesta más clara por facilitar la financiación de pymes y autónomos.
Así, entre los cambios propuestos destaca, a iniciativa del propio grupo popular, la reducción del 100% de las cuotas a la Seguridad Social, tanto por contingencias comunes como por las de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, a los autónomos menores de 30 años que contraten parados de más de 45 de manera indefinida.
Se incluye, además, un nuevo supuesto para poder acogerse a las bonificaciones a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa, orientado a la contratación de menores de 30 años por un tiempo de 12 meses, con la posibilidad de otros tantos de prórroga. De esta forma, las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes tendrán una bonificación del 100% en las empresas de menos de 250 trabajadores o del 75% si son más grandes.
No obstante, para que poder beneficiarse de ésta medida, el contratado, además de tener una experiencia inferior a tres meses, proceder de otro sector o haber estado en situación de desempleo de forma contínua en al menos 12 de los últimos 18 meses, deberá carecer del título de enseñanza obligatoria o formación profesional.
Por otro lado, se propone la modificación de la Ley de Lucha Contra la Morosidad. En concreto, las claúsulas abusivas en las operaciones comerciales pasarán a considerarse nulas, así como las prácticas que dificulten la exigencia de intereses de demoras, como, por ejemplo, no haber recibido la cantidad a tiempo pese a hacer cumplido con las obligaciones contractuales.
Así, los criterios que definirán como abusiva una cláusula tendrán en cuenta todas las circunstancias, entre ellas las acciones carentes de buena fe o buenas prácticas comerciales, que el que el deudor “tenga alguna razón objetiva para apartarse del tipo de interés legal de demora o la naturaleza del bien o servicio.
Finalmente, el Gobierno deberá informar a las Comunidades Autónomas de las modificaciones y actuaciones que deberán poner en marcha para fomentar la inserción en el mercado laboral a jóvenes no cualificados y sin experiencia, así como de la evolución del plan de medidas recogido en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven.
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