En este artículo se tratan los siguientes temas:
- Características de los programas de subvenciones
- El procedimiento que sigue una subvención
- El programa de promoción del empleo autónomo
- Los programas de apoyo a la creación y modernización de empresas
- Otros programas de subvenciones
Características de los programas de subvenciones
Cada Comunidad Autónoma cuenta hoy en día con sus propios programas de subvenciones para autónomos. Generalmente se trata de dinero que procede de fondos europeos al desarrollo o de programas nacionales, por lo que su funcionamiento es bastante similar de una comunidad autónoma a otra, con una serie de características comunes:
- La cuantía de una subvención puede variar en función de numerosos factores: perfil del autónomo, actividad del negocio, grado de innovación, forma jurídica, inversión a realizar, empleo a crear, impacto socioeconómico en su localidad y territorio de implantación, etc.
- A pesar de la publicidad institucional, conseguirlas no es ni fácil, ni rápido ni seguro.
- Las subvenciones a la inversión se suelen pagar después de ejecutar la misma, por lo que previamente tendrás que financiarla de otra forma.
- Sólo suelen financiar una parte del dinero necesario. Normalmente exigen que el autónomo aporte algo de capital propio. Las Agencias de Desarrollo Local y las entidades que apoyan a los emprendedores en cada Comunidad Autónoma suelen ser las encargadas de su gestión. Debes acudir a ellos para su tramitación.
- Se convocan en función de las necesidades que tenga un territorio (Comunidad Autónoma o Estado) y de las preferencias políticas.
- Las bases de las convocatorias de subvenciones se publican en el BOE o en los diarios oficiales de las comunidades autónomas. Conviene que te hagas con ellas y las analices con detenimiento.
- Las ayudas, por lo general, están limitadas en el tiempo, algunas se convocan todos los años dentro de un marco de ayudas plurianual, pero existen otras que únicamente se convocan para un período en concreto.
- Algunas se rigen por el régimen de concurrencia competitiva (se valoran todas las solicitudes y se otorga la subvención a los proyectos que hayan sido mejor valorados) y otras por el de concurrencia no competitiva (se resuelve por orden de presentación hasta agotar los fondos disponibles), lo que obliga a ser rápido en su presentación.
- Ya lo dice su nombre, una ayuda es un apoyo, un complemento, por eso nunca debe ser una de las patas sobre las que se sustente un negocio. Debes intentar conseguirlas pero no condicionar tu proyecto a ellas, más bien debes tener un plan A por si llegan y un plan B por si no.
El procedimiento que sigue una subvención
- Solicitud: su presentación es la que inicia el expediente. Normalmente deberá ir acompañada de una memoria o plan de negocio del proyecto que demuestre su viabilidad y de la documentación administrativa requerida. Generalmente no puede realizarse ninguna inversión antes de presentar la solicitud. En ocasiones será necesario o conveniente presentar otra documentación complementaria como facturas proformas o presupuestos, currículum de los promotores, memorias técnicas para proyectos de I+D o estudios de mercado.
- Resolución positiva o negativa por parte del organismo que gestione el programa de subvenciones. La resolución suele demorarse entre 3 y 12 meses dependiendo de la línea de ayuda y la Comunidad Autónoma.
- Justificación y cobro: antes de cobrar será necesario presentar una documentación complementaria que justifique el cumplimiento de la memoria presentada (alta de los promotores, facturas y justificantes de pago de las inversiones realizadas, puestos de empleo a crear) además de ser necesario estar al día con Hacienda y la Seguridad Social.
- Seguimiento: una vez cobrada la ayuda, el expediente pasa a una fase de seguimiento en la que el organismo gestor de la ayuda podrá solicitarte cualquier documento que considere pertinente que le permita justificar los requisitos de mantenimiento de empleo e inversión durante el periodo requerido.
El programa de promoción del empleo autónomo
Se trata de un programa de ámbito nacional regulado por la Orden TAS/1622/2007 de 5 de junio y dirigido a personas desempleadas. Está gestionado por las Comunidades Autónomas, generalmente a través de sus Consjerías de Empleo, y por el Servicio Público de Empleo Estatal en aquellos casos en que aquéllas no hayan asumido competencias en la materia y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
Contempla cuatro tipos de ayudas:
- Subvención por el establecimiento como trabajador autónomoo por cuenta propia hasta un máximo 10.000 euros, a determinar por la Comunidad Autónoma para los siguientes:
- Desempleados en general.
- Jóvenes desempleados de 30 o menos años.
- Mujeres desempleadas.
- Desempleados con discapacidad.
- Mujeres desempleadas con discapacidad.
- En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades anteriores se incrementarán en un 10 por ciento.
- Subvención financiera.
Esta subvención será equivalente a la reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito pública o privada que conceda el préstamo, siendo el límite de la subvención un máximo de 10.000 euros. El préstamo deberá destinarse, al menos en un 75 por ciento, a financiar inversiones en inmovilizado fijo, pudiéndose destinar hasta un 25 por ciento a financiar el activo circulante. En todo caso, el beneficiario deberá realizar una inversión en inmovilizado fijo por cuantía no inferior a 5.000 euros.
- Subvención para asistencia técnica.
La cuantía de esta subvención será del 75 por ciento del coste de los servicios prestados, con un tope de 2.000 euros.
- Subvención para formación.
La cuantía de esta subvención será del 75 por ciento del coste de los cursos recibidos, con un tope de 3.000 euros.
A través de los siguientes enlaces puedes consultar sus características y procedimiento en cada Comunidad Autónoma:
- Andalucía:
- Aragón:
- Principado de Asturias
- Illes Balears
- Canarias
- Cantabria
- Cataluña
- Castilla la Mancha
- Castilla León
- Extremadura
- Galicia
- La Rioja
- Comunidad de Madrid
- Región de Murcia
- Navarra
- País Vasco
- Comunitat Valenciana
Los programas de apoyo a la creación y modernización de empresas
Las Comunidades Autónomas ofrecen programas enfocados sobre todo a fomentar la creación de empresas innovadoras e industriales, financiando entre el 15% y el 50% de la inversión a realizar. También suelen ofrecer bonificaciones en los tipos de interés de la financiación bancaria y ayudas para fomentar la competitividad empresarial.
A través de los siguientes enlaces puedes identificar algunos programas y las entidades gestoras en cada Comunidad Autónoma:
- Andalucía:
- Principado de Asturias:
- Aragón:
- Illes Balears:
- Canarias:
- Cantabria:
- Cataluña:
- Castilla la Mancha:
- Castilla León:
- Extremadura:
- Galicia:
- La Rioja:
- Comunidad de Madrid:
- Region de Murcia:
- Navarra:
- País Vasco:
- Comunitat Valenciana:
Otros programas de subvenciones
Casi todas las Comunidades Autónomas disponen de los siguientes programas de ayuda:
- Ayudas al autoempleo femenino: consulta en el Instituto de la Mujer de tu Comunidad.
- Ayudas sectoriales, generalmente para el comercio, el turismo, la agricultura o la artesanía. Consulta en las respectivas Consejerías de cada Comunidad Autónoma.
- Ayudas a la creación de empresas de economía social.
- Ayuda a proyectos I+E (Innovación + Empleo)
Además, si quieres empezar un negocio en el ámbito rural debes dirigirte al grupo de desarrollo rural de tu comarca y preguntar por las ayudas de los fondos Leader y Proder, que pueden ser muy interesantes.