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Líneas de préstamos ICO 2020

Resumen >

Conoce los tipos de préstamos para autónomos y pymes y créditos a los que puedes acceder con la  financiación 2020 del ICO (Instituto de Crédito Oficial), una buena opción para conseguir financiación en la situación de dificultad de acceso por parte de los autónomos y pymes al crédito bancario. Las líneas ICO 2020 se pueden tramitar en las principales entidades financieras.

En 2020 se mantienen muy similares a las de 2019 siendo las más relevantes para pymes y autónomos las siguientes: ICO Empresas y Emprendedores 2020, ICO Garantías SGR SAECA 2020 y ICO crédito comercial 2020, ICO Internacionalización 2020 e ICO Exportadores 2020, que se divide en exportadores a corto plazo por un lado y a medio y largo plazo por otro.

Actualizado el 3 de diciembre de 2021

11 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Las líneas de financiación pública del Instituto de Crédito Oficial, conocidas como líneas ICO 2019, constituyen un año más una posible alternativa financiera para los autónomos, emprendedores y pymes, habida cuenta de la persistencia de la escasez de crédito en los mercados financieros que se mantiene desde la llegada de la crisis. Por ello, a lo largo de este artículo veremos:

  • Qué son los Créditos ICO
  • Dónde Solicitar las Líneas ICO
  • Principales líneas ICO para autónomos, pymes y emprendedores:
    • Línea ICO Empresas y Emprendedores 2020
    • Línea ICO Garantía SGR 2020
    • Línea ICO Crédito Comercial 2020
    • Línea ICO Internacional 2020
    • Línea ICO Exportadores 2020

Sabiendo, eso sí, que como varios de vosotros nos venís comentando resulta bastante complicado conseguir un crédito ICO. Pero bien es cierto que, con todas sus limitaciones, los créditos ICO 2020 son una opción que autónomos y pymes deben contemplar como posible solución a sus problemas financieros.

Dónde solicitar las Líneas ICO

Las líneas ICO normalmente se solicitan y tramitan en las oficinas de las principales entidades bancarias. 

En la sucursal bancaria donde, como en cualquier otra solicitud de préstamo, analizarán la operación, te requerirán la documentación necesaria y valorarán los avales y garantías a presentar. El apoyo de un consultor financiero puede serte de gran ayuda para saber cómo preparar toda la documentación necesaria.

Las líneas ICO 2020 son similares a las de 2019, manteniendo las principales líneas de financiación cuyo importe máximo de las principales líneas en 12,5 millones por solicitante. En general se mantienen los cambios introducidos a partir de 2013 que persiguieron la simplificación, unificando varias de las líneas anteriormente existentes, la apuesta por la financiación de las necesidades de liquidez, internacionalización y la diferenciación de los tipos de interés en función de los plazos de amortización.

Las líneas más relevantes de préstamos para autónomos, emprendedores  y pymes son:

  1. Línea ICO Empresas y Emprendedores 2020
  2. Línea ICO Garantía SGR SAECA 2020
  3. Línea ICO Crédito Comercial 2020
  4. Línea ICO Internacional 2020
  5. Línea Exportadores 2020

Estarán vigentes durante todo el año 2020.

Línea ICO Empresas y Emprendedores 2020

  • Dirigida a: autónomos, las entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG´s, Administración Pública), que realicen inversiones productivas en España y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez con independencia de su domicilio social o fiscal y de si la mayor parte de su capital es español o extranjero. También podrán solicitar financiación a través de esta Línea los particulares, las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios para rehabilitar viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.
  • Importe máximo: 12,5 millones de euros por cliente, en una o varias operaciones.
  • Modalidad: La financiación podrá formalizarse bajo la modalidad de préstamo, leasing, renting o línea de crédito.
  • Financiación máxima: hasta el 100 % en proyectos de inversión; el importe máximo por cliente y año es de 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones.
  • Conceptos financiables:

    – Liquidez: necesidades de circulante tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.

    – Necesidades tecnológicas

    – Adquisición de activos fijos nuevos o de segunda mano

    – Vehículos turismos e industriales

    – Adecuación y reforma de instalaciones

    – Adquisición de empresas

    – Rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas (IVA o impuestos análogos incluidos) en el caso de comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y particulares.

  • Plazo de amortización y carencia:

    De 1-6 años con 0 ó 1 año de carencia principal

    De 7-9 años con 0, 1 ó 2 años de carencia

    De 10, 12, 15 y 20 años con 0, 1, 2 hasta 3 años de carencia.

  • Tipo de interés: se puede optar entre un tipo de interés fijo (según cotización quincenal comunicada por el ICO) o variable (revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido en el contrato de financiación)
  • Comisiones: la Entidad de Crédito podrá aplicar una comisión al inicio de la operación. El coste para el cliente de esta comisión más el tipo de interés, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación en función de su plazo. 
  • Tramitación: directamente en un banco o caja de ahorros que colabore con el ICO. Serán las entidades de crédito las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación.
  • Garantías: a determinar por la entidad financiera en la que se solicite la operación. Pueden ser garantías hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios.
  • Compatibilidad: con otras ayudas de las C.C.A.A. u otras instituciones, respetando los límites máximos establecidos por la UE.

Más información

Línea ICO SGR SAECA 2020

  • Dirigida a:
    • Para inversiones en territorio español: autónomos y empresas públicas y privadas que cuenten con el aval de una SGR o SAECA, con independencia de su domicilio social o fiscal y de si la mayor parte de su capital es español o extranjero.
    • Para inversiones fuera de España: autónomos, empresas y entidades públicas y privadas españolas (fundaciones, ONG´s, Administraciones Públicas…) que cuenten con el aval de una SGR o de SAECA, incluyéndose tanto las domiciliadas en España como las domiciliadas en el extranjero que tengan al menos un 30% de capital de empresa española.
  • Importe máximo: 2 millones de euros, en una o varias operaciones.
  • Modalidad: préstamo,leasing o linea de crédito.
  • Porcentaje de la operación avalado por la SGR/SAECA: La SGR/SAECA podrá decidir el importe de la operación que avalan, pudiendo llegar hasta el 100% de la misma.
  • Porcentaje del proyecto de inversión que se puede financiar a través de este producto: Cuando la financiación solicitada se destine a Inversión se podrá financiar hasta el 100% del proyecto.
  • Conceptos financiables:
  1. Liquidez: Necesidades de circulante tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.
  2. Inversiones productivas dentro y fuera de territorio nacional:
  3. Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano.
  4. Vehículos turismos e industriales.
  5. Adquisición de empresas.
  6. Creación de empresas.
  7. Adecuación y reforma de instalaciones
  8. Plazo de amortización y carencia: 

    De 1-6 años con 0 ó 1 años de carencia principal.

    De 7-9 años con 0, 1, ó 2 años de carencia.

    De 10, 12 y 15 con 0, 1, 2 ó 3 años de carencia. 

  9. Tipo de interés: el cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable. Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido el contrato de financiación.
  10. Comisiones: La SGR o SAECA aplicarán hasta el 0,50% sobre el importe avalado de la operación en concepto de comisión de estudio. Adicionalmente, la SGR podrá cobrará una cuota social mutualista de hasta el 4% sobre el importe avalado. 
  11. Tramitación: en la SGR o en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras.
  • Garantías: a determinar por la entidad financiera y la SGR en la que se solicite la operación en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión.
  • Compatibilidad: es compatible con otras líneas ICO u otras ayudas de las comunidades autónomas

Más información

Línea ICO Crédito comercial 2020

  • Dirigida a: autónomos, pymes y empresas con domicilio social en España que emitan facturas derivadas de la venta en firme de bienes y servicios realizada a un deudor ubicado dentro del territorio nacional o aquéllas que cuenten con un documento acreditativo acordado con otra empresas con domicilio social en España, por el que la empresa compradora se comprometa a adquirir bienes a la empresa que solicita la financiación, con independencia de la denominación y forma que se dé a dicho documento.
  • Importe máximo: hasta 12,5 millones de euros por cliente, en una o varias operaciones.
  • Modalidad: la entidad financiera y el cliente podrán formalizar el contrato de financiación que acuerden las partes. En el caso de prefinanciación, el documento aportado deberá identificar de forma clara la operación objeto de financiación.
  • Financiación máxima: hasta el 100% del importe de la factura, o hasta el 100% del importe de venta de los bienes siempre que no se supere el importe máximo de 12,5 millones de euros de saldo vivo por cliente y año, en una o varias disposiciones.
  • Operaciones financiables:
    • Anticipos de facturas: Se podrán anticipar las facturas que tengan un vencimiento no superior a 180 días, a contar desde la fecha de la firma de la operación.
    • Prefinanciación: Necesidades de liquidez de la empresa para cubrir los costes de producción y elaboración del bien objeto de exportación.
  • Tipo de interés: Se aplicará un tipo de interés variable. El interés, las fechas y forma de su liquidación se pactarán entre la Entidad de Crédito y el cliente conforme a lo establecido en el de contrato que hayan formalizado.
  • Comisiones: la Entidad de Crédito podrá establecer una comisión al inicio de la operación. El coste de esta comisión más el tipo de interés que la Entidad de Crédito fije, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación. 
  • Tramitación: directamente en un banco o caja de ahorros que colabore con el ICO.
  • Garantías: la Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas, tanto en operaciones de financiación de anticipo de facturas como de prefinanciación.
  • Compatibilidad: con otras ayudas de las C.C.A.A. u otras instituciones.

Más información

Línea ICO Internacional 2020

Esta línea ICO cuenta con dos tramos:

  • Tramo I Inversión y Liquidez: Dirigido a Autónomos, empresas y entidades públicas y privadas españolas, domiciliadas en España o con domicilio en el extranjero que cuenten al menos con un 30% de capital de empresa española.
  • Tramo II Exportadores Medio y Largo Plazo: Dirigido a Concesión de Crédito Suministrador, Comprador y Financiación complementaria a empresas.
  • Importe máximo: hasta 12,5 millones de euros por cliente, en una o varias operaciones para el tramo I y de 25 millones para el tramo II.
  • Modalidad: préstamo o leasing para Inversión y Préstamo para Liquidez y Exportadores con posibilidad de desembolso en varias disposiciones
  • Financiación máxima: hasta el 100 % en proyectos de inversión. Inversiones financiables:
    • Tramo I Inversión y Liquidez:
      • Liquidez
      • Necesidades tecnológicas
      • Inversiones fuera del territorio nacional.
      • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano.
      • Vehículos turismos e industriales.
      • Adecuación y reforma de instalaciones. 
      • Adquisición de empresas.
      • Creación de empresas en el extranjero.
  • Tramo II Exportadores Medio y Largo Plazo:
    • Crédito Suministrador: financiación a empresas españolas para la venta de bienes o servicios, a empresas con domicilio social fuera de España.
    • Crédito Comprador: financiación a empresas con domicilio social fuera de España, para la adquisición de bienes o servicios exportados por empresas con domicilio social en España.
    • Financiación Complementaria: financiación a la empresa extranjera que adquiera los bienes o servicios españoles, que no se haya cubierto en su totalidad con un Crédito Comprador.
  • Plazo de amortización carencia: 

    – Tramo I: De 1-6 años hasta 1 año de carencia principal; de 7-9 años hasta 2 años de carencia; de 10, 12, 15 y 20 años hasta 3 años de carencia.

    – Tramo II: De 2-6 años hasta 1 año de carencia principal; de 7-9 ños hasta 2 años de carencia; de 10 y 12 años hasta 3 años de carencia.

  • Tipo de interés: el cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable en la moneda en la que haya formalizado la operación. Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido en el contrato de financiación.
  • Comisiones:la Entidad de Crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación; además de, en su caso, la de amortización anticipada. En las del Tramo II, además de las anteriores podrá cobrar una comisión adicional de estudio/apertura.
  • Tramitación: directamente en un banco o caja de ahorros que colabore con el ICO. Serán las entidades de crédito las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación, ya que en caso de impago son ellos los que asumen el riesgo de la operación.
  • Garantías: a determinar por la entidad financiera en la que se solicite la operación. Pueden ser garantías hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios.
  • Compatibilidad: con otras ayudas de las C.C.A.A. u otras instituciones, respetando los límites máximos establecidos por la UE.

Más información tramo I Inversión y liquidez

Más información tramo II Exportadores medio y largo plazo

Línea ICO Exportadores 2020

  • Dirigida a: autónomos, pymes y empresas con domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo de su facturación en el mercado exterior o que necesiten prefinanciación para cubrir las necesidades de liquidez que supone cubrir los costes de producción y elaboración del bien o servicio objeto de exportación. Se podrán anticipar facturas generadas por operaciones de exportación con una fecha de vencimiento no superior a 180 días a contar desde la fecha del anticipo.
  • Importe máximo: hasta 12,5 millones de euros por cliente, en una o varias operaciones.
  • Modalidad: la entidad financiera y el cliente podrán formalizar el contrato de financiación que acuerden las partes. En el caso de prefinanciación, el documento aportado deberá identificar de forma clara la operación objeto de financiación.
  • Financiación máxima: hasta el 100% del importe de la factura, o hasta el 100% del importe de venta de los bienes siempre que no se supere el importe máximo de 12,5 millones de euros de saldo vivo por cliente y año, en una o varias disposiciones.
  • Operaciones financiables:
    • Anticipos de facturas: Se podrán anticipar las facturas que tengan un vencimiento no superior a 180 días, a contar desde la fecha de la firma de la operación.
    • Prefinanciación: Necesidades de liquidez de la empresa para cubrir los costes de producción y elaboración del bien objeto de exportación.
  • Tipo de interés: se aplicará un tipo de interés variable. El interés, las fechas y forma de su liquidación se pactarán entre la Entidad de Crédito y el cliente conforme a lo establecido en el de contrato que hayan formalizado.
  • Comisiones: la Entidad de Crédito podrá establecer una comisión al inicio de la operación. El coste de esta comisión más el tipo de interés que la Entidad de Crédito fije, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación. En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 1 % sobre el importe cancelado.
  • Tramitación: directamente en un banco o caja de ahorros que colabore con el ICO.
  • Garantías: la Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas, tanto en operaciones de financiación de anticipo de facturas como de prefinanciación.
  • Compatibilidad: con otras ayudas de las C.C.A.A. u otras instituciones.

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