Si lo prefieres, puedes escuchar este artículo sobre los modelos trimestrales para autónomos y pymes pinchando aquí:
Dar de alta una actividad económica en Hacienda (modelo 036 o modelo 037) implica una serie de obligaciones fiscales, basadas, grosso modo, en la declaración y presentación de impuestos. El epígrafe de actividad económica determina las declaraciones fiscales que se han de realizar y su periodicidad en el calendario fiscal del ejercicio.
Conocer estas obligaciones es fundamental para una correcta gestión fiscal de la actividad económica. Por ello, en este artículo vamos a recopilar los modelos trimestrales para autónomos y pymes más habituales.
Conceptos previos a la presentación de modelos trimestrales para autónomos y pymes
Autoliquidaciones y declaraciones informativas
Antes de entrar en materia sobre los modelos trimestrales hay que partir de dos conceptos. Los modelos trimestrales pueden ser autoliquidaciones o declaraciones informativas, y ambos procedimientos son diferentes.
Las declaraciones informativas, como su propio nombre indica, tan solo trasladan datos a Hacienda sobre la actividad económica; las autoliquidaciones, por su parte, reguladas en por el artículo 120.1 de la Ley General Tributaria, son declaraciones que informan pero también suponen la liquidación del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto sobre Valor Añadido (IVA) o Impuesto sobre Sociedades.
(Casi) Todos los autónomos son obligados tributarios de las autoliquidaciones trimestrales
Los contribuyentes autónomos rinden cuentas ante Hacienda de la marcha de su actividad. Por tanto, con independencia del volumen de ingresos, todos los autónomos han de presentar los modelos trimestrales de autoliquidación, siempre que el epígrafe de actividad así lo indique.
Cabe recordar que hay actividades económicas exentas del pago de IVA y autónomos no obligados al pago fraccionado trimestrales del IRPF conforme al volumen de retenciones practicadas.
Además, si eres autónomo societario debes tener muy presente que tu fiscalidad es independiente de las obligaciones que la sociedad contraiga por el desarrollo de su actividad.
Los modelos trimestrales en el calendario fiscal
Estas declaraciones se han de presentar con una periodicidad trimestral, generalmente, durante los 20 primeros días de los meses de abril, julio, octubre y enero, aunque en este último mes algunas declaraciones como la de IVA o el pago fraccionado de IRPF se extiende más allá del 20.
Además, el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades se presenta en diciembre y no en enero, como más adelante veremos.
Estos plazos se refieren a días hábiles, de manera que en caso de coincidir el último día del periodo con festivo, se amplía el plazo hasta el siguiente día hábil.
No es habitual pero en ocasiones se dan circunstancias extraordinarias que pueden variar los plazos marcados en el calendario fiscal.
La presentación online de los modelos trimestrales se impone
Hay una serie de modelos que aún presentar de forma presencial en las oficinas de Hacienda.
Sin embargo, la administración tributaria está inmersa en un proceso de digitalización de sus procedimientos que obligan al autónomo a experimentar también esta tranformación digital y a adaptarse a la presentación online de impuestos.
Contar con una asesoría online para la presentación de impuestos
Los aspectos anteriormente mencionados son solo los más destacables y estandarizados a la hora de presentar los modelos trimestrales; la actividad de cada trabajador autónomo tiene sus propias especificaciones fiscales por lo que es más que recomendable confiar la gestión de los impuestos a una asesoría fiscal online.
El modelo online, además, cobra especial utilidad en momentos como este, en los que los desplazamientos son nulos o limitados. Solo necesitas un ordenador y conexión a Internet para hacer llegar la información contable al asesor.
Guía de modelos trimestrales para autónomos y pymes
Veamos los modelos trimestrales más habituales para declarar cada uno de estos impuestos.
Modelos trimestrales del IRPF para autónomos y pymes
Pagos fraccionados de IRPF
Modelo 130
El modelo 130 corresponde a la autoliquidación del pago fraccionado del IRPF que han de presentar todos los autónomos que desarrollan actividades económicas mediante cualquier de los dos regímenes de tributación de estimación directa del IRPF, tanto el régimen de estimación directa normal como el régimen de estimación directa simplificada.
Es una declaración de ingresos y gastos con la que el autónomo paga anticipos del 20% de su rendimiento (Ingresos – Gastos) a cuenta de la declaración de la Renta. Al final del año y con los cuatro modelos trimestrales del 130 presentados, se regulariza la situación fiscal del contribuyente.
Si el autónomo ha anticipado más de lo que corresponde por sus rendimientos, la declaración de la Renta saldrá “a devolver”; pero si estos anticipos se han quedado por debajo del rendimiento neto, la Renta saldrá “a pagar”.
Será en la Renta cuando tengamos en cuenta los cuatro modelos 130 trimestrales presentados ya que a la “factura fiscal” del ejercicio le restaremos lo pagado anticipadamente mediante estos modelos y entonces conocerás si la Renta es “a pagar” o “a devolver”.
Enfrentarte a tu declaración de la Renta puede ser engorroso. Asegúrate el mejor resultado confiando la elaboración de la Renta al equipo de asesores de Infoautónomos.
Es importante tener en cuenta que los autónomos con epigrafe profesional están exentos del modelo 130 si han emitido factura con retencion en más del 70% de su facturación a empresas, autónomos y entidades jurídicas con sede en España.
Modelo 131
El 131 es el modelo de obligada presentación para los autónomos que, en vez de tributar el IRPF de la actividad por el régimen de estimación directa, lo hacen por el régimen de estimación objetiva.
Por tanto, corresponde a la autoliquidación trimestral del pago fraccionado del IRPF en módulos.
Retenciones e ingresos a cuenta
Modelo 115
En el supuesto de que seas autónomo o pyme, titular de un contrato de arrendamiento de inmueble urbano en donde desarrollas tu actividad económica, también estás obligado al modelo 115, modelo de liquidación con el que ingresas a Hacienda la cantidad que has dejado de pagar al arrendador (quien alquila) por la retención que te hace en su factura cada mes a cuenta del IRPF del arrendador, si es una persona física, o del Impuesto sobre Sociedades, si es una persona jurídica, para ingresarla en Hacienda.
Existen ciertas exenciones a tener en cuenta en la presentación. Conócelas en este artículo sobre el modelo 115.
Modelo 111
El modelo 111 declara las retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos de trabajo, de actividades económica en el IRPF.
Por tanto, deben presentarlo todos los autónomos y todas las empresas con trabajadores contratados en plantilla o que hayan contratado servicios a autónomos, profesionales, con actividades agrícolas o ganaderas o que tributen por módulos, a los que facturen con retenciones.
Mediante esta declaración trimestral el autónomo entrega a Hacienda el dinero que ha descontado mediante las retenciones de IRPF a sus trabajadores en nómina o a los profesionales en su factura para entregarlo en su nombre a la administración tributaria.
Si eres autónomo puedes cumplimentar el modelo 111 vía Internet o de forma impresa, obteniendo de la sede web de la Agencia Tributaria un formulario (o pre-declaración).
La presentación del modelo 111 de pymes es únicamente telemática.
Modelos trimestrales de IVA para autónomos y pymes
Modelo 303
Si hay un modelo de autoliquidación habitual cada tres meses entre las obligaciones fiscales del autónomo, ese es el modelo 303 de IVA.
Hay que tener en cuenta que el IVA es un impuesto indirecto que aporta el cliente final por lo que el autónomo actúa de recaudador del impuesto para Hacienda.
Sirve para adelantar a Hacienda la diferencia entre el IVA repercutido en tus facturas de ventas y el IVA soportado en tus facturas de gastos.
Cualquier profesional o empresario que desarrolle una actividad sujeta a IVA, independientemente del tipo de empresario (sociedad, autónomo, asociación, cooperativa, sociedad civil, etc) y del resultado de la declaración (a ingresar, a cero, negativa a compensar o devolver) está obligado a este modelo.
También deben presentarlo los arrendadores de inmuebles o bienes y los promotores.
No olvides que el importe que debas pagar en concepto de IVA da cuenta de la salud económica de tu negocio.
En términos coloquiales, pagar mucho IVA conlleva un gran volumen de ventas. Por tanto, cuanto más IVA pagues, mejor irá tu negocio.
Modelo 349
Las llamadas operaciones intracomunitarias, es decir las entregas o adquisiciones con otras empresas o profesionales de otros estados miembro de la Unión Europea, se han de declarar en el modelo 349 debiendo tener correspondencia con las operaciones intracomunitarias declaradas en el modelo 303.
Esta declaración es meramente informativa y se realiza cada tres meses siempre que el cómputo general de las entregas de bienes y prestaciones de servicios no rebase los 50.000 euros.
Recuerda que para declarar operaciones intracomunitarias tienes que estar dado de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarias (ROI), disponer de CIF intracomunitario y emitir la factura sin IVA.
Modelo 309
El modelo 309 de autoliquidaciones no periódicas de IVA es una declaración que sirve a quienes generalmente no tienen obligación de presentar las declaraciones periódicas de IVA, modelo 303 y su correspondiente modelo anual, el modelo 390, para ingresar el IVA a Hacienda.
Es, generalmente, la declaración que han de presentar los comerciantes minoristas en recargo de equivalencia por las adquisiciones intracomunitarias de bienes o inversiones del sujeto pasivo realizadas en un período determinado.
Si quieres conocer los detalles sobre los obligados a presentar este modelo o las formas de presentación te recomendamos la lectura de este artículo sobre el modelo 309.
Modelos trimestrales del Impuesto sobre Sociedades
Pago fraccionado
Modelo 202
Como ya hemos indicado anteriormente, las declaraciones que realices como autónomo son independientes de las declaraciones de la sociedad, en el caso de que cuentes con una.
Las sociedades tributan por el Impuesto sobre Sociedades y también realizan pago fraccionado de este tributo a través del modelo 202, cuya presentación es exclusivamente telemática. Estos pagos fraccionados se realizan en abril, octubre y diciembre.
Lo que se ingresa a través de este modelo 202 son unos pequeños anticipos que haces a la Hacienda Pública cuyo importe total será descontado, con posterioridad, de la cantidad a pagar resultante del Impuesto de Sociedades anual que de declara en el modelo 200.
Estos son los modelos trimestrales para autónomos y pymes más habituales. Puede que tengas obligación de presentarlos o puede que no en función del tipo de actividad económica que realices.
Para esclarecer tus obligaciones fiscales y cumplir con ellas, ponte en contacto con la asesoría online de Infoautónomos, conoce nuestros servicios de asesoría fiscal para autónomos y pymes, envíanos la documentación necesaria y podremos empezar a gestionar tus impuestos.