Si eres autónomo y tu negocio se basa en el comercio electrónico u otros servicios de Internet o medios telemáticos, como parte de tu actividad económica y la dirección y gestión de tu negocio están dentro del territorio español, te interesa conocer las obligaciones y responsabilidades que tienes según la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI).
A continuación enumeramos los aspectos más importantes a tener en cuenta sobre esta Ley:
- Obligación de información en el caso de realizar comercio electrónico.
- Obligaciones en el caso de hacer publicidad por vía electrónica.
- Obligaciones y responsabilidad en caso de prestar servicios de intermediación como alojamiento de datos, enlaces o buscadores.
- Responsables de la inspección y el proceso sancionador.
- Infracciones y sanciones por incumplimiento de la LSSI.
¿Qué obligaciones tengo si soy autónomo y mi negocio se basa en el comercio electrónico?
Para cumplir con esta ley, como autónomo prestador de servicios, en el pie de tu página web deberá aparecer un link, con título “Información Legal”, “Datos LSSI” o similar, con la siguiente información:
- Nombre o denominación social y datos de contacto.
- Nº de inscripción del registro en el que esté inscrito el negocio.
- NIF
Además de:
- Precio de los productos, indicando si van incluidos los impuestos, gastos de envío, etc
- Si se precisa o no de una autorización administrativa previa.
- Datos del Colegio profesional, número de colegiado, título académico y Estado de la UE en el que se expidió, con su homologación, si se tuviese y fuese necesario.
¿Qué obligaciones tengo como autónomo si hago publicidad electrónica?
Para envíar por correo electrónico mensajes sms, deberá ser autorizado previamente por el destinatario, incluir la palabra publicidad o publi., y establecer un sencillo procedimiento de revocación de consentimiento del usuario.
- El anunciante debe identificarse claramente.
- Debe aparecer la palabra Publididad en el mensaje.
- Cuando haya ofertas, concursos o juegos promocionales, deben indicarse como tales claramente y sus condiciones de participación.
¿Qué obligaciones y responsabilidades tengo si soy autónomo y presto servicios de intermediación como alojamiento de datos, enlaces o buscadores?
- Tienes la obligación de colaborar con los órganos públicos si hay que ejecutar resoluciones que no puedan hacerse sin su ayuda.
- Tienes la obligación de informar a tus clientes de los medios técnicos que aumentan los niveles de seguridad de la información, los que aplicas en tu web, y las herramientas que existen para filtrar y restringir el acceso a determinados servicios y contenidos.
- Además debes Informar a los usuarios de las posibles responsabilidades en las que pueden incurrir si usan Internet con fines ilegales.
- No serás responsable del contenido que alojes, transmitas o facilites acceso, si no has participado en su elaboración, pero sí serás responsable si conoces su ilegalidad y no lo retiras o imposibilitas su acceso.
¿Quién será el responsable de la inspección y el proceso sancionador por incumplimiento de la LSSI?
El organismo que se encarga de velar y controlar el cumplimiento de la ley es el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a nivel estatal, y a nivel autonómico serán los órganos que correspondan. Además el órgano o autoridad que dicte la resolución de incumplimiento será el encargado de imponer las sanciones, que en el caso del ámbito estatal será el MITC, a excepción del incumplimiento de los artículos 21 y 22 de la LSSI, en cuyo caso será la Agencia Española de Protección de datos la encargada de imponer la sanción. El duración máxima de este procedimiento sancionador será de tres meses.
Infracciones y sanciones existentes por incumplimiento de la ley.
En el caso de no cumplir las obligaciones de la ley, se establecen una serie de infracciones clasificadas por su nivel de gravedad y su carácter significativo, lo cual debe ser interpretado por la Administración. Así que las infracciones podrán ser leves, graves o muy graves y se le impondrán las siguientes sanciones:
Infracción Sanción
Muy grave Multa de 150.000 a 600.000 euros
Grave Multa de 30.001 a 150.000 euros
Leve Multa de hasta 30.000 euros
Queda de manifiesto por tanto lo importante que es cumplir con las obligaciones de la LSSI, teniendo en cuenta las cantidades anteriores, y esta Ley es sólo una de las que tendrás que cumplir ya que también deberás hacerlo con otras como la Ley Orgánica de Protección de Datos, de la cual ya hablamos en artículos anteriores.
Encontrarás más información sobre la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información en la web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, así como la normativa aplicable.