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Licencia de apertura y actividad de un establecimiento

Resumen > Te explicamos en qué consiste la licencia de apertura y actividad, la importancia de conocer bien los requisitos de tu actividad a la hora de buscar local, los tipos de licencia de apertura existentes, las características de los informes y proyectos técnicos, el coste de la licencia de apertura, el procedimiento de solicitud, el funcionamiento de las declaraciones responsables y "licencias de actividad express" así como el listado de actividades inocuas que no necesitan licencia.

Actualizado el 15 de octubre de 2024

8 minutos de lectura

Por Infoautónomos

En este artículo vas a encontrar:

  1. Definición de licencia de apertura y actividad
  2. Conoce bien los requisitos de tu actividad
  3. Tipos de licencias de apertura y actividad
  4. Informes y proyectos técnicos
  5. Coste de la licencia de apertura y actividad
  6. Solicitud de la licencia de apertura y actividad
  7. Actividades que se pueden iniciar sin licencia previa

1. Definición de licencia de apertura y actividad

La licencia de apertura y actividad es una licencia municipal obligatoria para que en un local, nave u oficina se pueda ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios.

Consiste en un documento que acredita el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y uso de esa actividad.

La licencia de apertura o actividad se concede al dueño de un negocio para el desarrollo de una actividad determinada.

Deberá renovarse cada vez que cambie la actividad desarrollada en el local, que haya modificaciones en el mismo o que cambien los propietarios del negocio, por ejemplo en caso de traspaso.

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2. Conoce bien los requisitos de tu actividad

A la hora de buscar un local, nave u oficina para tu negocio, debes tener siempre presente su adecuación a los requisitos exigidos para el tipo de actividad a desarrollar.

Es muy importante que averigües esos requisitos antes de empezar la búsqueda (pregunta en tu Ayuntamiento o en una empresa especializada) para poder utilizarlos como filtro.

Para evitar costes inesperados, asegúrate de que el local cumple todos los requisitos antes de cerrar la compra o alquiler.

Compruébalos incluso si en el local ya se ejercía esa actividad, ya que la normativa cada vez es más exigente y los locales con licencias de apertura antiguas muchas veces no cumplen la normativa actual, que es la que te va a exigir a ti el Ayuntamiento.

Es importante resaltar que cada Ayuntamiento tiene potestad para definir sus ordenanzas en lo referente a licencias, cumpliendo eso sí, con las normativas autonómicas o nacionales que estén por encima.

3. Tipos de licencias de apertura y actividad

Existen dos tipos de licencias en función del grado de molestias, daños y riesgos a personas de la actividad a desarrollar:

  • Actividades inocuas: son aquellas que no generan molestias significativas, impacto medioambiental (salubridad, higiene), daños a bienes públicos o privados ni riesgo para bienes o personas. Se consideran actividades inocuas muchos pequeños comercios como tiendas de moda o de productos de alimentación no perecederos, así como pequeñas oficinas para la prestación de servicios diversos.

  • Actividades calificadas: son aquellas consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas (hostelería, actividades industriales, determinados comercios y servicios) y que requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales. Muchas de ellas sólo se pueden realizar en suelo industrial.

Las únicas actividades exentas son aquellas profesionales, artesanales y artísticas que se realizan en el domicilio, siempre y cuando no exista venta o atención directa al público y no se cause molestias a los vecinos.

4. Informes y proyectos técnicos

Las actividades inocuas tienen un procedimiento de legalización más sencillo, con menores requisitos y costes asociados.

Aún así, en la solicitud generalmente será necesario adjuntar un informe técnico que incluya planos del local realizados por un profesional.

En el caso de las actividades calificadas es necesario aportar un proyecto técnico, más completo que permita emitir los correspondientes informes municipales, que variarán según las características y dimensión del negocio (informes urbanísticos, industriales, sanitarios, medioambientales o jurídicos).

El proyecto deberá justificar que se cumple con todas las normativas aplicables a ese tipo de negocio en concreto: accesibilidad, incendios, ruidos, salubridad, etc.

Los profesionales acreditados para realizar este tipo de informes y proyectos técnicos son generalmente arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros técnicos industriales, que en todo caso estén colegiados, ya que será necesario incorporar el visado del colegio profesional.

A menudo no sólo preparan la información técnica, sino que se trata de empresas especializadas que te pueden asesorar e incluso adaptar el local para el cumplimiento de los requisitos.

El proyecto debe contemplar todas las características del establecimiento y de la actividad a desarrollar: planos de ubicación y distribución, dimensiones, reformas a realizar, instalaciones y cumplimiento de las normas aplicables.

En concreto, en todas las actividades será muy importante observar todos los requerimientos de la ley de accesibilidad para personas discapacitadas y de licencias de obras en el caso de que sea necesario proceder a efectuar reformas y obras en el local.

Luego están las normas aplicables para determinadas actividades, como pueden ser las de insonorización (pubs, discotecas, espectáculos, talleres, etc), higiene y manipulación de alimentos (restaurantes, bares, cafeterías, etc) o normativa en caso de incendios (alojamientos turísticos, espectáculos, actividades industriales).

Y recuerda que para actividades molestas suele ser necesario el permiso de la Comunidad de vecinos y que respecto a las actividades en domicilios, ya no se suelen conceder licencias por encima del primer piso de un edificio de viviendas.                           

5. Coste de la licencia de apertura y actividad

El coste de la licencia de apertura tiene dos componentes:

  • Tasas del Ayuntamiento: se calculan para cada local teniendo en cuenta tres factores: relevancia comercial de la calle, tamaño del local y tipo de actividad. Las tasas son lógicamente mayores para actividades calificadas y cuanto más relevante sea una calle y más grande el local. Varían de un Ayuntamiento a otro, desde una cantidad mínima en pequeños municipios a varios cientos de euros para actividades inocuas y más de mil en actividades calificadas en ciudades como Madrid.

  • Coste del informe o proyecto técnico: dependerá de la complejidad del proyecto a realizar y del precio que tenga la empresa o profesional seleccionado, pudiendo oscilar desde un mínimo de 600 a 1.000 euros para actividades inocuas al doble para actividades calificadas. En proyectos que supongan obras o necesiten permisos especiales (determinadas actividades industriales) el coste se puede disparar hasta los 10.000 euros.
Licencia de apertura

6. Solicitud de la licencia de apertura y actividad

Actualmente, en el caso de locales de menos de 300 metros cuadrados, no es exigible la Licencia previa de apertura sino que es suficiente con presentar una declaración responsable previa al Ayuntamiento en la que el empresario manifiesta cumplir con la normativa vigente aplicable a su actividad.

En esta declaración responsable el autónomo o el representante legal de la sociedad también indica que dispone de la documentación que acredita el cumplimiento de dicha normativa y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el período de tiempo de la actividad.

Este procedimiento, conocido como “licencia exprés”, implica que con la presentación de la declaración responsable se puede abrir el negocio y empezar a funcionar a la espera eso sí, de la inspección que realizará el Ayuntamiento o entidad colaboradora del mismo para verificar que efectivamente el local cumple con toda la normativa.

Si no fuera así el local podrá ser precintado con carácter inmediato e incluso generar sanciones económicas.

La declaración responsable debe incluir el informe técnico pertinente y conlleva el pago de unas tasas municipales, por lo que supone un coste a tener en cuenta para el emprendedor y una fuente de ingresos para las arcas municipales.

Este procedimiento es aplicable tanto para negocios nuevos como para cambios de titularidad de las actividades comerciales y de servicios, así como para las licencias de obras en reformas que no necesiten proyecto de obra.

Pasos a dar

Por tanto, el procedimiento habitual de solicitud de una licencia de apertura y actividad consta de los siguientes 5 pasos:

  1. Elaboración del informe o proyecto técnico de licencia de apertura y/o adecuación de local, generalmente por técnico competente acreditado (ingeniero técnico industrial, arquitecto técnico …).

  2. Visado del proyecto por el correspondiente Colegio Oficial. Conlleva el pago de unas tasas.

  3. Pago de las tasas municipales correspondientes, en banco o en el propio Ayuntamiento, según proceda.

  4. Presentación de la declaración responsable y la solicitud de licencia de apertura, junto con el proyecto técnico y el resguardo del abono de las tasas municipales, en el registro del área competente del Ayuntamiento, generalmente urbanismo o medioambiente. Debe hacerse en el momento de abrir el local al público.

  5. Visita de técnico competente del Ayuntamiento para verificar que el local cumple lo estipulado y ratificar así la concesión de la licencia de apertura.

El plazo de resolución o respuesta del Ayuntamiento suele demorarse varios meses, en ocasiones incluso casi un año. Además, oscila dependiendo de la carga de trabajo y del Ayuntamiento en cuestión.

Es importante haberte asegurado cuando abras tu local al público y solicites la licencia que cumples todos los requisitos necesarios para tu actividad.

De lo contrario te verás obligado a cerrar o subsanar las deficiencias detectadas cuando te visiten los técnicos municipales, pudiendo incluso tener que pagar alguna multa.

En el caso de locales de más de 300 m2 no bastará con la declaración responsable y sí será necesario solicitar la licencia de apertura.

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7. Actividades que se pueden iniciar sin licencia previa

La mayoría de actividades inocuas hace muchos años que no necesitan licencia previa, les vale con la declaración responsable que hemos visto.

Estas actividades vienen recogidas en el Real Decreto-ley 19/2012, del 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, se ampliaron por la Ley Crea y Crece, aprobada en 2022.

Listado de actividades inocuas

  • Comercio minorista de alimentación: fruterías, carnicerías, pollerías, pescaderías, panaderías, pastelerías, lecherías, bodegas, vinotecas y de otros productos alimenticios y bebidas en general, al por menor.

  • Comercio minorista de moda: productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero, al por menor.

  • Comercio minorista de droguería y limpieza: perfumería, cosmética, y cosméticos de todas clases; y de productos químicos en general.

  • Floristerías, herbolarios: comercio al por menor de hierbas y plantas al por menor.

  • Comercio de artículos para el hogar y la construcción, al por menor.

  • Comercio de vehículos, maquinaria y accesorios: vehículos terrestres, aeronaves, embarcaciones, maquinaria, accesorios y piezas de recambio, al por menor.

  • Comercio de segunda mano: bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico, al por menor.

  • Tiendas de música: venta de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios, al por menor.

  • Otro comercio al por menor.

  • Lavanderías, tintorerías y servicios similares.

  • Salones de peluquería e institutos de belleza.

  • Talleres textiles a medida: fabricación de calzado de artesanía y confección de prendas de vestir y sus complementos a medida.

  • Reparación: de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles y otros bienes de consumo.

  • Agencias de viaje.

  • Agencias inmobiliarias y relacionadas: servicios de promoción inmobiliaria, alquiler de bienes inmuebles y servicios vinculados a la propiedad inmobiliaria y a la propiedad industrial.

  • Servicios varios: estudios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas,  servicios de fotocopias y servicios de enmarcación.

Con la Ley Crea y Crece la cantidad de actividades que ya pueden realizarse sin licencia ha aumentado, entre las que cabe destacar:

  • La prestación de servicios profesionales, tales como asesoría, consultoría, servicios legales, contables, diseño gráfico, etc.

  • Los servicios de telecomunicaciones y correos, es decir, empresas de mensajería y telecomunicaciones que no requieren instalaciones complejas o que conlleven riesgos para la comunidad de vecinos.

  • Los estudios de mercado, sondeos de opinión y encuestas, de bajo impacto en términos de regulaciones sanitarias o ambientales.

  • Las actividades de colocación y suministro de personal (negocios de recursos humanos), que no requieren licencias específicas para operar en la mayoría de las comunidades autónomas.

  • Las actividades inocuas reconocidas en alguna comunidad autónoma. Se establece que si una actividad se considera inocua y está exenta de licencia en al menos una comunidad autónoma, la exención se puede aplicar en todo el territorio español, favoreciendo la unidad de mercado.

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